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Duro castigo: Fedefutbol sanciona a Jafet Soto

El entrenador estará marginado de las canchas, salvo que apele y fallen en su favor.

Julián Malek
Jafet Soto, sancionado por Fedefutbol
© ESPNJafet Soto, sancionado por Fedefutbol

Jafet Soto, actual entrenador de Herediano, fue proscripto por un año de toda actividad futbolística en Costa Rica. Esto fue anunciado en las últimas horas por la Comisión de Ética de la Federación Costarricense de Fútbol, quien también sometió a la misma pena aPablo Salazar, Orlando Moreira y Cristian González.

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Comunicado completo:

Luego de un amplio y detallado estudio de los hechos, la Comisión de Ética de la Federación Costarricense de Fútbol emitió la resolución final en el procedimiento número 1-2020, seguido contra Jafet Soto Molina, Orlando Moreira Araya, Pablo Salazar Sánchez y Cristian González González cuyo, por tanto, textualmente indica que:

“Se declara a los señores Jafet Soto Molina, Orlando Moreira Araya, Pablo Salazar Sánchez y Cristian González González responsables de los hechos investigados y con ello haber infringido el Código de Ética, por lo que se les sanciona con la prohibición de participar en cualquier actividad relacionada con el fútbol en Costa Rica, por el término de doce meses, iniciando a partir de la notificación de esta resolución. Se condena a los señores Soto Molina, Moreira Araya, Salazar Sánchez y González González, al pago de las costas personales y procesales de forma proporcional”.

De conformidad con lo que disponen los artículos 44 y 73 del Código de Ética, las partes tienen ocho días hábiles a partir de la notificación de esta resolución, para presentar recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de la Federación Costarricense de Futbol, si así lo consideran. El artículo 44 idem indica que el recurso de apelación no suspende los efectos de esta decisión, pero las partes podrán solicitar la suspensión de la decisión ante el Tribunal de Apelaciones dentro de los tres días hábiles después de notificada la decisión por el Comité de Ética.

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Por último, y de acuerdo con el cumplimiento del Art. 36 del Código de Ética, los miembros de la Comisión de Ética no harán ninguna declaración pública o privada sobre los hechos juzgados, deliberaciones y decisiones adoptadas.

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