Herediano enfrenta una orden municipal para demoler elementos de su nuevo estadio: qué abarca la medida

6 de noviembre de 2026 a las 18:25

El nuevo Estadio Eladio Rosabal Cordero, proyecto del Club Sport Herediano, tiene un conflicto abierto por el uso del derecho de vía municipal. La Municipalidad de Heredia afirmó que no autorizó esa ocupación y la orden de retiro alcanza únicamente los elementos constructivos que ocupan o se proyectan sobre ese espacio: no comprende la demolición de todo el estadio.

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El procedimiento administrativo se inició mediante la resolución MH-AMH-CFU-040-2026 por ocupación, invasión y usurpación de bienes de dominio público municipal. Su acto final ya fue emitido, pero fue recurrido y, al 6 de noviembre, su ejecución material permanecía pendiente.

¿Qué elementos del nuevo estadio de Herediano abarca la orden?

El levantamiento topográfico municipal MH-DIP-GT-174-2026, del 1 de septiembre, identificó una invasión de 150,40 metros cuadrados del derecho de vía de la avenida 1, Luis R. Flores. La afectación comprende cinco niveles y seis cerchas metálicas; los 150,40 metros cuadrados corresponden a la afectación identificada, no a una superficie por cada nivel.

La resolución MH-AMH-321-2026, emitida el 18 de septiembre como acto final del procedimiento administrativo, ordena el “desmontaje, demolición y retiro de los elementos constructivos que ocupan o se proyectan sobre el derecho de vía”.

¿Por qué la orden todavía no implica una demolición ejecutada?

La diferencia está entre emitir una orden y que esta quede en firme. El recurso presentado contra el acto final mantiene la ejecución sujeta a la etapa administrativa correspondiente, tal como explicó la Municipalidad de Heredia:

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“El área técnica informa que el acto final fue recurrido. En consecuencia, la ejecución material de la demolición se encuentra sujeta a la firmeza del acto administrativo y al agotamiento de la etapa recursiva correspondiente”.

La impugnación tampoco significa que la medida haya sido anulada ni fija una fecha definitiva para ejecutar la demolición.

En síntesis

  • Alcance limitado: la orden afecta elementos que ocupan o se proyectan sobre el derecho de vía, no todo el estadio.
  • La afectación identificada comprende cinco niveles y seis cerchas metálicas.
  • Al 6 de noviembre, la ejecución seguía pendiente de la firmeza del acto y del agotamiento de la etapa recursiva.
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